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Bodas

¿Qué elegir: separación de bienes o gananciales?

El régimen económico matrimonial suele ser una cuestión tabú entre la mayoría de parejas, pero, ¿sabíais que según el lugar donde os caséis la modalidad que se os aplique puede ser distinta? Resolved todas las dudas acerca de este tema.

Muchas parejas no quieren romper el romanticismo de los preparativos del día B con una cuestión tan terrenal como es el régimen económico que supondrá el paso por el altar. Pero no todo es tan ligero como seleccionar preciosas canciones para bodas, también tendréis que decidir si os casaréis en separación de bienes o en régimen de gananciales. Sin duda será más sencillo hablar sobre los zapatos de novia o sentaros juntos a buscar ideas originales de boda, pero debéis saber que en función de la Comunidad Autónoma donde os deis el "sí, quiero", por defecto se os aplicará uno u otro régimen. Si no es el que os conviene, deberéis modificar esta situación mediante un pacto. Os contamos más sobre las dos modalidades de régimen económico más habituales en nuestro país, para que vuestra toma de decisión sea bien informada.

El dinero, un tema que debéis abordar

Amanda Watt Photography

Aunque muchos novios piensen que dinero y amor no tienen nada que ver, lo cierto es que el matrimonio, sea civil o religioso, a ojos de la ley es un contrato. Los meses previos al gran día son perfectos para pasar tardes enteras hablando los textos románticos para las invitaciones de boda, también para buscar el sitio de celebración que más os gusta. Seguro que también os ilusiona mucho buscarideas de decoración para bodas… Pero además de todos esos temas, hay otro del que en algún momento debéis hablar antes de casaros: qué sistema económico vais a escoger. Pues tendrá consecuencias en vuestra vida de pareja el hecho de que cada miembro sea único propietario de sus bienes o que estos sean compartidos.

Diferencias entre los dos tipos de régimen económico

Los regímenes matrimoniales que existen en nuestro país básicamente son los de separación de bienes y gananciales.

  • Separación de bienes

A cada uno os corresponde lo vuestro, lo cual significa una total independencia económica. Cada uno de los cónyuges es dueño de su patrimonio personal, tanto el generado antes del matrimonio como el ingresado a durante el mismo. La ventaja de este régimen es que si tu pareja contrae deudas no te afectarán, pues no se comparten. ¿Inconvenientes? Se trata de un régimen menos solidario, por ejemplo, si uno de los dos trabaja en el hogar cuidando de la casa y la familia, está en desventaja económica.

  • Régimen de gananciales

En esta segunda fórmula se comparten las ganancias que generéis durante el matrimonio. Es decir, el dinero que ganéis o los bienes que compréis serán de los dos a partir de daros el "sí, quiero". En cambio, las propiedades o dinero que cada uno tengáis antes de casaros no pasan a ser de los dos, cada uno mantiene sus bienes, conocidos como privativos. Por cierto, si tras casaros uno de vosotros sois beneficiarios de una donación o herencia, ese también será un bien privativo que no deberéis compartir con vuestro esposo o esposa.

¿Cuál nos toca por defecto?

Fotobox Fotografía & Wedding Stories

El régimen económico no es importante solo en caso de separación o divorcio, lo es a la hora de pagar impuestos, de hacer la declaración de la renta y también en caso de herencias. Si sois espíritus libres y preferís dedicar vuestro tiempo a bucear entre la colección de trajes de Hugo Boss o bien a buscar para vuestras damas de honor unos preciosos vestidos de fiesta de Rosa Clará, tened claro que según la Comunidad Autónoma en la que os caséis tendréis uno u otro régimen. Así, tienen separación de bienes en Cataluña y Baleares, por tanto, a no ser que firméis unas capitulaciones este es el régimen aplicado. Y, a no ser que pactéis otro régimen económico, tendréis sociedad de gananciales en el resto de Comunidades Autónomas.

¿Podemos cambiar de régimen?

Cassú Fotògraf

Cuando las parejas se comprometen y comienzan a organizar su enlace, lo normal es que se ocupen de los centros de mesa y en pensar qué ideas divertidas para boda se ajustan más a su carácter, no obstante, insistimos, estipular el régimen económico es una cuestión importante. Si el que rige en vuestra Comunidad Autónoma no os conviene podéis modificarlo fácilmente yendo al notario y haciendo las capitulaciones matrimoniales. Es preferible que os ocupéis de este trámite antes de casaros, pero también podéis hacerlo con posterioridad. Y lo podéis cambiar tantas veces como os parezca, tan solo tendréis que ir los dos y firmar de mutuo acuerdo (abonando el coste que conlleva cada vez la realización del nuevo documento). De hecho es un trámite parecido a hacer un testamento.

Al igual que no conviene dejar para el último momento la elección del vestido de novia o el diseño de las invitaciones de boda, abordad este espinoso asunto en confianza y con suficiente antelación para dejarlo todo atado antes del mágico día.